¿El ADN siempre es verdad? El estado de familia pesa más en beneficiarios
El Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Quinto Circuito estableció que, en los procedimientos de designación de beneficiarios de una persona trabajadora fallecida, debe privilegiarse el estado de familia consolidado en el tiempo sobre la verdad biológica, atendiendo al interés superior de la niñez. En el caso, una prueba de ADN negó el vínculo paternofilial entre el menor y el extinto; sin embargo, la declaración de la actora y las pruebas de convivencia y manutención acreditaron una relación familiar efectiva. Con base en los artículos 4° constitucional y 3, 7 y 8 de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Tribunal determinó que el derecho a la identidad no se agota en el origen biológico, sino que obliga a preservar los vínculos familiares reales, por lo que el juzgador debe valorar el caudal probatorio integral y las circunstancias particulares del caso.