¿Muerte natural o accidental? El IMSS no acepta solo el acta de defunción
El Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito estableció que las actas de defunción carecen de eficacia probatoria plena para acreditar la causa de muerte de un trabajador del IMSS, a efecto de determinar la procedencia del seguro de vida previsto en la cláusula 152 del contrato colectivo. Si bien el acta es un documento público que prueba fehacientemente el fallecimiento como acto registral, no demuestra por sí sola si la muerte fue natural, accidental o accidental colectiva, supuestos exigidos por dicha cláusula para el pago de las sumas aseguradas. Por tanto, los beneficiarios deben aportar medios técnicos especiales complementarios, como el informe de autopsia o el certificado médico detallado, para acreditar fehacientemente la naturaleza del deceso en el juicio laboral o de amparo.